
Condiciones uso firma electrónica no criptográfica
Resolución de 14 de julio de 2017, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se establecen las condiciones de uso de firma electrónica no criptográfica, en las relaciones de los interesados con los órganos administrativos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.
- Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de julio de 2017, páginas 62519 a 62524 (6 págs.)
- Sección:
- Disposiciones generales
- Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Referencia:
BOE-A-2017-8393
Análisis
- Rango: Resolución
- Fecha de disposición: 14/07/2017
- Fecha de publicación: 18/07/2017
- Entrada en vigor: 19 de julio de 2017.
Referencias anteriores
- DE CONFORMIDAD con el art. 10.2.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10565).
- CITA Reglamento (UE) 910/2014, de 23 de julio (Ref. DOUE-L-2014-81822).
Materias
- Administración electrónica
- Administraciones Públicas
- Documentos
- Firma electrónica
- Normas de calidad
- Redes de telecomunicación
- Registros telemáticos